Francisco Garfias.
El presidente no se cansa de amenazar. Le tocó al juez Juan Pablo Gómez Fierro por haber congelado provisionalmente la reforma eléctrica que favorece el dominio de la CFE sobre las empresas privadas generadoras de energías limpias.
En la mañanera de ayer adelantó que va a pedir al Consejo de la Judicatura que revise el proceder de este juzgador. “Sería el colmo que el Poder Judicial del país estuviese al servicio de particulares”, dijo.
La amenaza trajo reacciones de legisladores, empresarios y distinguidos integrantes del Poder Judicial.
Va lo que nos dijo el prestigiado ministro en retiro de la Suprema Corte, José Ramón Cossio:
“Todo lo que no les gusta en el gobierno lo consideran una cuestión personal. Hay un recurso contra la suspensión. Se llama recurso de queja. Lo resuelve el tribunal colegiado… La suspensión se tiene que otorgar siempre, salvo cuando haya una razón específica para no otorgala.
-¿Las palabras del presidente contra el juez no le sonaron a amenaza?- preguntamos
-Creo que sí. También para eso está el Consejo de la Judicatura, para defender a sus jueces. El Consejo tiene que defender la autonomía de los órganos jurisdiccionales y la independencia de los jueces.
“Si el presidente de la República, en términos de división de poderes, quiere proceder de tal o cual manera contra un juez, el Consejo es el órgano que tiene que defenderlo, a menos de que se demuestre que efectivamente hay delito en una cuestión de esa naturaleza, que yo no creo”.
Pero el Consejo no ha levantado la voz –ni lo hará– en defensa del juez. No le ha dicho al presidente que si tiene pruebas las presente y que, si no, pues que no se meta en la independencia del juzgador.
La Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito no se quedó callada. Dijo que su único compromiso es con la Constitución.
La bancada del PAN en el Senado condenó las amenazas a los jueces en una declaración conjunta:
“Día a día el presidente López Obrador muestra su talante autoritario. Amenaza jueces que otorgaron amparon contra su reforma eléctrica inconstitucional. Lamentable que sea él quien atente contra la división de poderes.”
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Ya que estamos. Hay molestia por declaraciones de la “experta” en derecho, Rocío Nahle, a Carmen Aristegui. La secretaría de Energía no sólo esparció ignorancia, sino que llegó a niveles de grosería al referirse al juez.
“¿Qué estudios tiene el juez de competencia económica? ¿En que se basó? ¿Qué estudios técnicos? ¿Cuánto cuesta cada Kilowatio? ¿Cuántas horas? ¿Cuánta capacidad? Todo el estudio técnico. No tiene idea el juez.”
Con todo respeto para la señora Nahle, la que no tiene idea del respeto a la función de un juez, ni entiende que es la división de poderes, es ella.
Como si no se hubiese enterado que la Segunda Sala de la SCJN echó para atrás el “Acuerdo Nahle” que proponía lo que se aprobó con la reforma eléctrica.
Pareciera que tampoco ha leído con atención el artículo 28 de la Carta Magna que ordena castigar todo acuerdo, procedimiento o combinación que evite la libre competencia.
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El Juez Gómez Fierro, especializado en competencia económica, concedió la suspensión provisional con efectos generales, en amparos promovidos por empresas extranjeras de energías renovables.
La suspensión protege los derechos a la libre competencia y concurrencia en los mercados, no solo en su dimensión individual, sino también colectiva.
Fuentes cercanas a la Judicatura nos dicen, a condición del anonimato, que “es una terrible ignorancia y una falta de respeto decir que el amparo es equivocado y que obedece a intereses inconfesables.
“Claro que se tiene que resolver así. ¿Que en 24 horas se resolvió? Pues eso es lo que dice la Ley.
“Hay una decisión de la segunda sala de la SCJN sobre los mismos temas (Acuerdo Nahle) y ya los declaró inconstitucionales. El juez va suavecito sobre ello, porque tiene un antecedente. Esto es un amedrentamiento. No es lo correcto en un estado de derecho”, remataron.
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Ya el Colegio de Abogados de la Ciudad de Nueva York había calificado de “amenaza para el estado de derecho” las declaraciones de “traición a la patria” que el presidente le hizo a abogados que defienden a empresas extranjeras afectadas por la reforma eléctrica.
Esta reforma prioriza la generación de electricidad por parte de la CFE frente la compra de electricidad a través de subastas.
Los ahogados recuerdan que el Artículo 5 de la Constitución establece que “ninguna persona podrá ser impedida de ejercer la profesión, industria, negocio o trabajo de su elección, siempre que sea lícito.
Agregue que los calificativos de AMLO violan los principios básicos de las Naciones Unidas sobre la función de los abogados.
FIN.