El coordinador de los senadores de Morena, Ricardo Monreal, presentará durante la sesión de hoy una iniciativa para establecer de manera clara y uniforme para todo el país la tipificación del delito de feminicidio, con sanciones de hasta 60 años de prisión y perspectiva de género en su investigación y enjuiciamiento.
Luego de la controversia suscitada por una propuesta del fiscal general de la República, Alejandro Gertz Manero, el también presidente de la Junta de Coordinación Política del Senado propone que se defina que comete el delito de feminicidio “quien prive de la vida por razones de género a una mujer o a una persona por motivos de su identidad de género como mujer”.
El delito de feminicidio se considerará como imprescriptible.
La propuesta incluye un título V en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Ahí se considerará que existen razones de género o por motivo de la identidad de género, cuando la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo, se le hayan infligido lesiones o mutilaciones previas o posteriores a la privación de la vida o haya actos previos de violencia del sujeto activo en contra de la víctima, ya sea en el ámbito familiar, laboral, profesional, escolar o social, entre otras.
También, cuando haya existido o exista, entre el sujeto activo y la víctima, una relación personal de índole sentimental, afectiva, de amistad o de confianza, si la víctima fue incomunicada, con o sin ánimo de lucro, cualquiera que haya sido el tiempo previo a la privación de la vida, y cuando el cuerpo sea arrojado o depositado en un lugar público.
En su iniciativa, el coordinador Monreal propone como penas por el delito de feminicidio de 40 a 60 años de prisión y de 750 a mil 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
De la misma manera, plantea que el sujeto activo perderá todos los derechos con relación a la víctima y ofendidos, incluidos los de carácter familiar y sucesorio, así como aquellos relacionados con los hijos en común.
Sólo en el caso de que no se acrediten ninguna de las hipótesis antes descritas, se aplicarán las reglas del homicidio.
Monreal Ávila también plantea que las penas se incrementen hasta en un tercio cuando un servidor público, aprovechándose de su encargo, interviene en la realización de esta conducta delictiva, y cuando la víctima fuere una persona menor de edad, estuviere embarazada, presentare algún tipo de discapacidad o perteneciere a un pueblo o comunidad indígena.
Propone también sanciones para el servidor público que retarde, entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia en caso de feminicidio.
Se le impondrá prisión de tres a ocho años y de 750 a 2 mil doscientos 50 veces el valor diario de la UMA, además de que será destituido e inhabilitado de tres a 10 años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
El coordinador del Grupo Parlamentario de Morena busca que las autoridades investigadoras y de impartición de justicia, cuando se encuentren ante un probable delito de feminicidio, deberán ejercer sus atribuciones conforme al respectivo protocolo de actuación correspondiente al delito.
La reforma plantea asimismo que con el fin de preservar la evidencia que pudiera revelar nuevas líneas de investigación para el esclarecimiento de los hechos, el Ministerio Público prohibirá, estrictamente, la cremación de todo cadáver respecto del que se presuma la comisión de un feminicidio.
La aprobación de la reforma derogará toda disposición federal o de los estados que sea contraria a la nueva norma. Los congresos, federal y locales, tendrán un plazo no mayor a 90 días naturales posteriores a la entrada en vigor de esta modificación, para realizar los cambios en sus códigos penales u ordenamientos correspondientes.
La Jornada / Andrea Becerril y Víctor Ballinas