México.- El titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), Santiago Nieto Castillo, no violó la presunción de inocencia al hacer pública la denuncia que presentó ante la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade) en el caso del presunto financiamiento ilícito de Populismo en América Latina, documental señalado como promotor de una “campaña negra” contra el entonces candidato presidencial, Andrés Manuel López Obrador.
De acuerdo con la resolución del juzgado octavo de distrito de amparo en materia penal de Ciudad de México, emitida el pasado 28 de enero, los sujetos incluidos en la indagatoria y denuncia de la UIF tenían la calidad de investigados, no de imputados por el Ministerio Público; por lo que, en los hechos, la difusión de sus nombres no representó una violación al debido proceso.
La sentencia corresponde al juicio de amparo 513/2019, en el que el juzgado negó la protección constitucional a Alejandro Quintero, quien solicitaba mediante este recurso acceso a los documentos de la indagatoria en la que se le señala como probable participante en el financiamiento de la “campaña negra” contra el hoy Presidente de la República.
“El hecho que el titular de la Unidad de Inteligencia Financiera haya publicitado ante los medios de comunicación que iba a presentar una denuncia en su contra (Quintero) no implica un acto de molestia”, señala la sentencia, en la que se agrega que “corresponde al Ministerio Público otorgarle la calidad de imputado”.
En marzo pasado, el titular de la Unidad señaló que en la investigación sobre una presunta “campaña negra” contra el hoy presidente López Obrador con el documental Populismo en América será contra “cualquier persona que esté vinculada con los hechos”.
Nieto señaló: “Lo que estamos presentando aquí son las empresas que estuvieron financiando, en particular a Alejandro Quintero, quien instrumentó el modelo para pagar el documental Populismo en América Latina y, por tanto, la investigación será contra cualquier persona que esté vinculada con los hechos”, dijo en su momento.
El 4 de junio de 2019, el quejoso recurrió al juicio de amparo para tener acceso a la carpeta de investigación depositada en la Fepade, pero al no tener aún el carácter de imputado, le fue negado por carecer de interés legítimo en el proceso.
Nieto Castillo explicó en marzo pasado que la UIF a su cargo presentó la denuncia ante la Fepade, además de una denuncia más por posible lavado de dinero por el supuesto financiamiento de terceros para la producción de dicho documental.
El juzgado octavo de distrito reiteró que la difusión de la denuncia y del inicio de un proceso de indagatoria, registrada en marzo de 2019, tampoco representa un acto que motive el acceso a los pormenores de una investigación, puesto que el proceso aún no se encontraba en manos de un Ministerio Público.
Milenio