México.- La orden del presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, de extinguir todos los fideicomisos públicos sin estructura orgánica, mandatos o análogos para redirigir recursos por cientos de millones de pesos y usarlos en la consolidación de programas sociales, entre otros, sorprendió al país.
Y es que la cantidad de dinero que involucran este tipo de partidas del gobierno federal incluyen aquellos que afectan las pensiones, planes contra desastres naturales y emergencias de salud, así como mecanismos de deuda pública. Sin embargo, ninguno de ellos se va a ver afectado por el Decreto.
“Hay fondos que tienen que ver con compromisos laborales, como pensiones, además de planes de contingencia sanitaria o de emergencias naturales, o incluso aquellos que haya sido constituidos como mecanismos de deuda pública que no se van a tocar”, aseguró.
El egresado de la Universidad Autónoma Metropolitana-Iztapalapa (UAM-I) citó el artículo 5 del decreto publicado este jueves en el Diario Oficial de la Federación. “Ahí se indica que quedan excluidos aquellos fideicomisos públicos, mandatos o análogos constituidos por mandato de Ley o Decreto legislativo”, dijo.
La extinción o terminación de estos fideicomisos requiere de reformas constitucionales o legales. En el mismo apartado también se exlcuyen los instrumentos jurídicos que sirvan como mecanismos de deuda pública, o que tengan como fin atender emergencias en materia de salud o cumplir con obligaciones laborales o de pensiones.
Es por ello que la discrepancia de cifras ocurrió en las últimas horas. Tras la publicación del Decreto, se informó que los fideicomisos involucrados tenían un monto total de más de 740,000 millones de pesos. Sin embargo, este viernes, el presidente López Obrador señaló que su gobierno podría reunir “alrededor de 250,000 millones de pesos”.
Bandala explicó además que el Decreto publicado permite a los titulares de las diferentes dependencias federales fundamentar una petición a la Secretaría de Hacienda (SHCP) para no desaparecer ciertos fideicomisos específicos en caso de que ésta última considere válidos los argumentos.
“Únicamente en los casos estrictamente necesarios podrá remitirse la solicitud de excepción correspondiente al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, adjuntando la justificación debidamente fundada y motivada, y de la cual se enviará copia a la titular de la Secretaría de la Función Pública (SFP)”, indica el artículo 4 del Decreto.