México.- En la sesión de este miércoles, diputadas y diputados aprobaron, en lo general y en lo particular con 460 votos, reformar el Código Penal Federal en materia de exclusión del delito.
El dictamen, que se remitió al Senado de la República, modifica el primer párrafo de la fracción VII del artículo 15 del citado ordenamiento legal para cambiar la palabra “trastorno mental” por “discapacidad mental”.
Establece que el delito se excluirá cuando al momento de realizar el hecho típico el agente no tenga la capacidad de comprender el carácter ilícito de aquél o de conducirse de acuerdo con esa comprensión, en virtud de padecer discapacidad mental o intelectual, a no ser que el agente hubiere provocado su discapacidad dolosa o culposamente, en cuyo caso responderá por el resultado típico siempre y cuando lo haya previsto o le fuere previsible.
Considera que para efectos de una mejor técnica legislativa y congruencia normativa, es necesario suprimir toda alusión al concepto de “trastorno” y, en su lugar, aludir únicamente a “discapacidad mental o intelectual”.
La reforma propone una modificación acorde con lo establecido en el artículo 1º de la Constitución y los Tratados Internacionales suscritos y ratificados por el Estado en materia de no discriminación, por lo que es necesario realizar una precisión con relación a los trastornos y su diferencia con el desarrollo intelectual.
Con información de la Cámara de Diputados