México.- La diputada Fátima Almendra Cruz Peláez (PVEM) planteó modificar los artículos 3, 162 y 164 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, con el objetivo de actualizar las reglas del procedimiento e inspección ambiental reconociendo la figura de flagrancia.
Estas modificaciones permitirían a los inspectores actuar en el momento de un hecho delictivo, ya que actualmente el procedimiento administrativo establece que la Procuraduría Federal de Protección al Medio Ambiente (Profepa), para realizar una investigación, debe contar con una autorización legal, por lo que si se sorprende en flagrancia a una persona, pero se carecen de la orden por escrito, no se puede actuar legalmente frente al delito.
En un comunicado, la diputada explicó que la ley determina como “flagrancia” las acciones en que los presuntos infractores sean sorprendidos en ejecución de hechos contrarios al marco legal, o cuando después de realizados sean perseguidos materialmente o alguien los señale como responsables de su comisión, siempre que se encuentren en posesión de los objetos o productos materia de la infracción.
Con la reforma, agregó, los inspectores podrían actuar de manera oportuna cuando detecten la posible ejecución de un delito.
Se les daría la facultad de levantar actas circunstanciadas en materia de flagrancia.
Además, se determinaría que en un término de 180 días la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales debe adecuar las disposiciones reglamentarias, del mismo modo los Congresos estatales hacer los cambios legislativos pertinentes.
Con información de la Cámara de Diputados