México.- La Cámara de Diputados avaló por unanimidad de 480 votos el dictamen a la minuta que reforma la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a fin de incluir en la definición de violencia física, cualquier acto que inflige daño no accidental, usando ácido o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable o cualquier otra sustancia que pueda provocar o no lesiones ya sean internas, externas o ambas.
Los cambios al artículo 6, fracción II de la ley, se enviaron al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.
Señala que se debe legislar para prevenir los ataques con sustancias y que se pueda imponer penas más severas, así como concientizar a la población de que “esas acciones son tan atroces que no pueden permitirse”.
Subraya que los efectos que generan en la víctima los ataques con sustancias son diversos y no sólo impactan en su entorno individual, sino también en su entorno social, laboral y afectivo.
Con la reforma se pretende salvaguardar el bien jurídico tutelado que es la vida, salud, honor y el derecho al pleno desarrollo de la personalidad, los cuales al realizarse los ataques con sustancias se ven disminuidos, pues se deja huella en las víctimas y, en algunas ocasiones, es de por vida, dependiendo las lesiones que provocaron en el cuerpo.
Al fundamentar el dictamen, la diputada Julieta Kristal Vences Valencia (Morena), presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, explicó que el propósito de visibilizar y reconocer como parte de la violencia física a los ataques perpetrados mediante la utilización de ácido o sustancias corrosivas, cáusticas, irritables, tóxicas o inflamables.
Con información de la Cámara de Diputados