La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) debe entregar el documento en el que la biofarmacéutica CanSino hizo de su conocimiento que su vacuna requiere de una segunda aplicación a los seis meses de haber sido administrada, con
el objetivo de reforzar hasta ocho veces su protección, resolvió el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Al presentar el asunto ante el Pleno, la Comisionada Josefina Román Vergara aseguró que es indispensable que, ante la emergencia por COVID-19 que todavía sigue latente en nuestro país, se atiendan oportunamente las solicitudes de información que realicen particulares y, de ser el caso, se cumpla con lo ordenado por el INAI, a través de las resoluciones, pues con ello se promueve la transparencia y se garantiza de manera efectiva el derecho de acceso a la información.
Una persona solicitó a Cofepris el documento mediante el cual la biofarmacéutica CanSino informó que su vacuna contra COVID-19 requiere una segunda dosis a los seis meses de la primera, para reforzar hasta ocho veces su protección.
Cofepris solicitó una prórroga para responder a la solicitud, plazo que venció. Ante ello el particular presentó un recurso de revisión ante el Inai.
La Comisión detalló al Inai que la información está reservada por seguridad nacional, al formar parte de la estrategia de vacunación nacional.
La comisionada Román Vergara refutó que no se advirtió de qué manera el divulgar el documento de CanSino posibilitaría la destrucción, inhabilitación o sabotaje de algún asunto estratégico; obstaculizar las acciones para prevenir y combatir la pandemia, o pueda actualizar o potencializar una amenaza en la aplicación de la vacuna a la población.
Añadió que, desde el inicio de la pandemia, “la Cofepris, en ocasiones, ha dejado de atender en tiempo las solicitudes de acceso a la información que se presentan; en otras, ha sido omisa o deficiente en el desahogo de requerimientos de información o el envío de sus alegatos, lo cual, de ninguna manera lo exime de las responsabilidades que tiene como sujeto obligado en términos de la propia ley, a pesar, inclusive, de su labor durante esta contingencia sanitaria”, advirtió.
La comisionada indicó que, si bien el Gobierno Federal ha considerado la Campaña Nacional de Vacunación contra COVID-19 como un asunto estratégico de seguridad nacional, ello no implica que, de manera general, toda o cualquier información sobre este tema deba ser reservada bajo la causal en análisis, pues se debe atender el caso concreto.
Por lo anterior, el Pleno del Inai ordenó a la Cofepris entregar al particular el documento en el cual la biofarmacéutica CanSino hizo de su conocimiento que su vacuna requiere de una segunda aplicación a los seis meses de haber sido administrada, con el objetivo de reforzar hasta ocho veces su protección.
“Hay que recordar, en este caso, que la Cofepris es la autoridad sanitaria responsable de proteger a la población mexicana de los riesgos que se pudieran presentar por el consumo o uso de medicamentos y dispositivos médicos, ya que, a través de su Comisión de Autorización Sanitaria, se encarga de conocer de los proyectos o protocolos de investigación para la salud de seres humanos, al ser el responsable de emitir las autorizaciones sanitarias relacionadas con medicamentos”, subrayó Román Vergara.