Propone Éctor Jaime regular cigarros electrónicos que se comercializan ilegalmente y sin supervisión sanitaria

Dip. Éctor Jaime Ramírez

México.- El diputado Éctor Jaime Ramírez Barba (PAN) informó que propondrá reformas a la ley para regular los cigarros electrónicos o vapeadores, que se comercializan ilegalmente y sin supervisión sanitaria.

En un comunicado, resaltó que la prohibición de estos productos decretada por el Gobierno Federal, sin evidencia científica que lo justifique, permite la existencia de un mercado negro, fomenta que se consuman productos de dudosa calidad y tiene un impacto desastroso en la salud de los usuarios, sobre todo, los más jóvenes.

Indicó que en México lamentablemente existen 15 millones de fumadores y 1.5 millones de usuarios de cigarros electrónicos; pensar que dejarán de fumar por decretos del Ejecutivo es “ingenuo y solamente fortalece las redes que los trafican en la clandestinidad”, dijo.

Recordó que el pasado 5 de noviembre Cofepris y Conadic emitieron una “alerta sanitaria para vapeadores y productos emergentes de tabaco”, sin embargo, ésta carece de un estudio científico verificable que avale una prohibición.

Por el contrario, la prohibición nunca ha evitado que la demanda de este tipo de productos exista en el país, y más bien en los últimos años, el mercado ilegal ha incrementado. Desafortunadamente, en muchos de los casos a través de medios sin adecuada supervisión sanitaria, atractivos para que los jóvenes inicien en el consumo, que difícilmente existirían si el mercado estuviera regulado de forma responsable y estricta.

El diputado panista señaló que entre algunos de los aspectos que pueden observarse después de aplicar la prohibición, es un consumo creciente en niños y menores de edad por el fácil acceso de los productos por medios ilegales o ventas en el comercio ambulante.

Las alternativas de consumo de nicotina sin combustión surgieron hace prácticamente 20 años y se comercializan en todo el mundo desde hace casi 15 años. Existe evidencia de sobra que constata que, al evitar la combustión, son menos dañinas que el cigarro convencional.

No son inertes y no deben promoverse entre quienes nunca han fumado, pero los estudios toxicológicos señalan una clara disminución de niveles con respecto a quienes consumen cigarros convencionales.

Nadie puede negar que los productos de nicotina como los vapeadores son dañinos, sin embargo, resulta incomprensible que se permita la comercialización del cigarro convencional y se prohíba los productos novedosos, anotó.

Ramírez Barba recordó que en la Cámara de Diputados y en el Senado de la República hay presentadas iniciativas para modificar la Ley General para el Control de Tabaco, la mayoría de las cuales proponen analizar la pertinencia de la regulación del cigarro electrónico.

Por ello, es necesario impulsar un debate abierto, con bases y evidencia científica para encontrar los elementos que permitan una regulación para este tipo de productos.

Dijo que apenas el 19 de octubre la Suprema Corte de Justicia de la Nación dictaminó que es inconstitucional la fracción VI del artículo 16 de la Ley General para el Control de Tabaco, que venía sustentando la prohibición para la distribución y comercialización de cigarros electrónicos, abriendo la puerta a que los jueces a nivel federal concedan amparos a las personas que se apeguen a este recurso legal para poder importar, distribuir y comercializar los dispositivos en México. “Por lo que ahora, con mayor razón hay que actualizar la ley para una regulación”, enfatizó.

Indicó que se está planteando una serie de reformas y adiciones a la Ley General para el Control de Tabaco, de las cuales se destacan, manera general, las siguientes:

Cambia la denominación del ordenamiento jurídico, para dejarla como “Ley General para el Control del Tabaco y Nicotina”.

Se plantea una regulación sobre el cigarro electrónico, sus ingredientes y emisiones.

Se establece la obligación de entregar a la Secretaría de Salud la información relativa al contenido de ingredientes y emisiones.

Se reforma la fracción VI del artículo 16, para prohibir la fabricación y venta de dulces, refrigerios, juguetes y otros objetos que tengan forma de productos de tabaco y puedan resultar atractivos para los menores.

Todos los estuches, cartuchos, envases, y/o empaques análogos de los productos, deberán contener la leyenda “Producto prohibido para menores de edad”.

Finalmente, se actualizan las disposiciones homólogas para el castigo de los delitos de comercio ilegal y contrabando.

Las reformas y adiciones que se proponen a la Ley General para el Control del Tabaco buscan actualizar dicho marco normativo, a fin de regular el control sanitario para consumir nicotina de manera responsable.

Con información de la Cámara de Diputados

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