México.- La Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) estableció disposiciones técnico-administrativas para la evaluación y monitoreo de horarios de aterrizaje y despegue (slots) asignados a los aeródromos que se encuentren en condiciones de saturación en el campo aéreo, para la temporada de invierno 2021, mismas que entraron en vigor a partir de este 14 de agosto de 2021.
La determinación, firmada por el director general de la AFAC, Carlos Antonio Rodríguez Munguía, y publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), explica que las series de slots que no se tenga la intención de operar por parte de los concesionarios y/o permisionarios, deberán regresarlas al administrador aeroportuario hasta el 7 de septiembre de 2021.
Las series que no sean regresadas antes o durante la fecha indicada, estarán sujetas a criterios de utilización de esta temporada en la evaluación de base histórica de la siguiente temporada.
Los slots operados y aprobados como asignación Ad Hoc en la temporada invierno 2021, tendrán prioridad sobre la solicitud de series nuevas, para las mismas fechas y horarios equivalentes, sujeta a capacidad, disponibilidad y otras condiciones regulatorias como es el caso de las series regresadas hasta el 7 de septiembre de 2021.
El criterio de ocupación para la temporada invierno 2021 será de 50/50 y sustituye al 85/15, bajo las mismas condiciones de ésta.
La AFAC añade que la justificación de la no utilización de slots (por causas no imputables a los transportistas aéreos), se adicionan las relacionadas con el COVID-19 y las cuales no están en el control de la aerolínea:
1.- Restricciones de viaje del gobierno basadas en nacionalidad, fronteras cerradas, recomendaciones de los gobiernos, avisos relacionados con COVID-19 que advierten contra todos los viajes, excepto los esenciales, o prohibiciones completas de vuelos desde / hacia ciertos países o áreas geográficas.
2.- Graves restricciones gubernamentales relacionadas con COVID-19 sobre el número máximo de pasajeros que llegan o salen en un vuelo específico o a través de un aeropuerto específico.
3.- Restricciones gubernamentales sobre el movimiento o medidas de cuarentena/aislamiento dentro del país o región donde se encuentra el aeropuerto o destino (incluidos los puntos intermedios).
4.- Así como cierre de negocios esenciales para la aviación impuestos por el gobierno (por ejemplo, cierre de hoteles). Y restricciones imprevisibles para la tripulación de la aerolínea, incluidas prohibiciones repentinas de entrada o tripulación varados en lugares inesperados debido a las medidas de cuarentena.
Por otra parte, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) dio a conocer a través del DOF el Acuerdo donde se establecen las disposiciones administrativas de carácter técnico aeronáutico (circulares obligatorias). También entraron en vigor a partir de este 14 de agosto de 2021.
Con información de la SCT