Carlos Arturo Baños Lemoine.
A mediados de junio se desató una fuerte polémica en torno a la canción intitulada “17 años” de la famosa agrupación cumbiera Los Ángeles Azules, originaria de Iztapalapa.
A través de las redes sociales, la Santa Inquisición Feminista exigía censurar dicha canción porque “fomenta la pedofilia”. Ya sabemos que la mitología feminista vive psicóticamente obsesionada en buscar fenómenos y hechos de la vida social que le sirvan para llamar la atención y generar escándalo mediático; esto con el objeto de “posicionar su agenda”. Sus ideas son tan malas que sólo así pueden ser foco de atención.
Poco o nulo nivel de análisis es lo que podemos esperar de la mitología feminista. Su especialidad, lo sabemos, es el uso del histerismo colectivo para sustentar posturas victimistas que le permitan chantajear al gobierno, a las empresas, a los medios de comunicación y a la sociedad en general. No esperábamos menos.
Como en muchos otros casos de similar naturaleza, la mitología feminista fue incapaz de colocar a ese producto cultural, la canción “17 años”, dentro de su contexto socio-histórico específico; fue incapaz de comprender dicha canción dentro de su horizonte hermenéutico.
Aun suponiendo, sin conceder, que el varón de la voz cantante sea un mayor de edad, tendríamos que decir que en 1999, fecha de su lanzamiento, en México las mujeres podían contraer matrimonio a partir de los 14 años. La relación amorosa festejada por la canción podría ser considerada, pues, totalmente legal cumplidos ciertos requisitos. ¿O ya se nos olvidó que Sergio Andrade, el famoso compositor y productor musical, contrajo matrimonio con Aline Hernández cuando ésta apenas contaba con 15 años de edad?
Fue el martes 04 de junio de 2019 que entró en vigor la reforma al artículo 148 del Código Civil Federal, a partir de la cual ya sólo se puede contraer matrimonio teniendo 18 años de edad. Entre la entrada en vigor de esta reforma y el lanzamiento de la canción “17 años” transcurrieron 20 años. Y recordemos que, en el 2016, apenas 18 entidades federativas contaban con esa prohibición (y había excepciones y dispensas legales).
A la fecha, prácticamente todos los códigos civiles estatales prohíben el matrimonio con menores de edad, dizque para combatir el “casorio” de niñas y adolescentes como mecanismo para mejorar la economía de las familias, sobre todo en regiones rurales e indígenas. Por cierto, este mecanismo sigue tan vivo como antes, más aún con la pandemia de COVID-19, ya que el “papelito del registro civil” poco importa ante la “palabra de los jefes de familia”.
En fin, que por atender escandalitos mediáticos de baja estofa, los problemas que de veras afectan a niñas y adolescentes pasan a segundo plano y siguen sin ser resueltos. Para la mitología feminista resulta más importante arrojar a la pira inquisitorial los “demoníacos” discos de Los Ángeles Azules.
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Esta videocolumna de análisis, crítica y opinión es de autoría exclusiva de Carlos Arturo Baños Lemoine. Se escribe y publica al amparo de los artículos 6º y 7º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Cualquier inconformidad canalícese a través de las autoridades jurisdiccionales correspondientes.