México.- En la Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX) reconocemos la actuación del juez tercero de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Nuevo León, Félix Suástegui Espino, quien concedió una suspensión provisional para lograr la vacunación de personal de salud que ejerce sus labores en el sector privado.
Esta resolución responde al juicio de amparo impulsado por el Comité de Litigio Estratégico y la Comisión de Salud de COPARMEX en favor del personal de salud del sector privado que fue excluido al no ser considerado de “primera línea” en la atención de COVID-19. Nuestra acción se suma a los esfuerzos emprendidos por otras organizaciones y médicos que en lo individual han exigido su derecho legítimo a ser vacunados.
De manera acertada el juez consideró que Gabriel N, Lourdes N, Rosa N y Mayra N pertenecen -tal como lo establece la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el propio Plan Nacional de Vacunación- a un grupo de mayor riesgo, por lo que deben ser vacunados, con independencia de si pertenecen al sector público, al privado o si atienden en “primera línea” o brindan cualquier otro tipo de atención médica.
La decisión del juez ordena a las autoridades responsables, que una vez se cumplan los requisitos establecidos previamente, se realicen las acciones necesarias para programar citas y aplicar la vacuna al personal de salud, acción acorde con la “Política Nacional Rectora de Vacunación Contra el SARS-CoV-2 para la prevención de la COVID-19 en México”.
Desde COPARMEX reiteramos el llamado al Gobierno de México y a las autoridades responsables del manejo de la pandemia, para que sean sensibles, para que atiendan las recomendaciones del Grupo Técnico Asesor de la Vacuna (GTAV) plasmados en el Plan de Vacunación, respeten el orden establecido en él y no nieguen, limiten o politicen el acceso a la vacuna al personal de salud que no labora en el sector público.
Los trabajadores de la salud que desde los hospitales públicos y privados del país, así como en farmacias o dispensarios, han atendido con profundo sentido humano, con vocación y valentía a las y los enfermos de COVID19, merecen un trato digno y respetuoso, en el que no tenga cabida la discriminación ni la exclusión.
Es importante señalar que el 27 por ciento de los decesos en el personal de la salud se dio en los trabajadores de “primer contacto”, como médicos generales y médicos familiares, mientras que el 7 por ciento de los fallecimientos se dio en médicos de cuidados intensivos o de la “primera línea”, situación que pone de manifiesto el riesgo al que se enfrentan aquellos que no son considerados como médicos de primera línea pero que están expuestos de igual forma al contagio y cuya estadística mortal indica que también deben ser inmunizados.
Celebramos la decisión judicial que posibilita la vacunación de estos trabajadores de la salud de Nuevo León. Invitamos al Gobierno de México a que, de acuerdo a lo dispuesto en la Política Nacional de Vacunación, proceda a la vacunación de todo el personal de salud, sin distinciones, pues está demostrado que es una de las acciones prioritarias para combatir la pandemia. La disposición de no vacunar al personal médico que no está en hospitales públicos es arbitraria y criminal.
En COPARMEX consideramos que la vía jurisdiccional del juicio de amparo indirecto es un medio legal efectivo para que las autoridades garanticen los derechos fundamentales de las personas. Continuaremos apoyando, por la vía judicial -como lo hemos hecho en otras ocasiones- al personal de salud y a otros grupos vulnerables en la protección de sus derechos humanos.
Con información de la Coparmex