México.- El diputado José Rolando Benavides Mendiola, de Encuentro Social, presentó una iniciativa que adiciona una fracción XI al artículo 25, modifica las fracciones V y XX del artículo 28 y la fracción XII del artículo 148 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para establecer que los contribuyentes puedan deducir hasta el cien por ciento del consumo de alimentos en restaurantes.
La propuesta, turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Púbico, precisa que para que proceda la deducción, el pago deberá hacerse invariablemente mediante tarjeta de crédito, débito, de servicios, o a través de los monederos electrónicos que al efecto autorice el Servicio de Administración Tributaria.
Serán deducibles al 100 por ciento los consumos en restaurantes que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 28, fracción V de esta ley.
Dicha fracción señala que no serán deducibles los viáticos o gastos de viaje en el país o en el extranjero, cuando no se destinen al hospedaje, alimentación, transporte, uso o goce temporal de automóviles y pago de kilometraje, de la persona beneficiaria del viático o cuando se apliquen dentro de una faja de 25 kilómetros –en lugar de 50 que señala la ley vigente– que circunde al establecimiento del contribuyente.
Tratándose de gastos de viaje destinados a la alimentación, éstos sólo serán deducibles hasta por un monto que no exceda de mil 300 pesos diarios por cada beneficiario, en lugar de 750 pesos como lo establece la ley en vigor.
Con información de la Cámara de Diputados